¿Sabías que te pueden sancionar por tener sucia la matricula? ¿o por atar tu moto o scooter al mobiliario urbano? También podrán multarte por circular por la acera montado en tu bicicleta, por ir andando por una autopista o autovía...
fórmula moto.
- 200 euros de multa si la moto está aparcada pero la matrícula está sucia, medio borrada o tiene manchas, pegatinas...e impidan o dificulten su lectura o identificación -incluidos los adhesivos con las siglas CAT, que algunos conductores catalanes ponen en sus matrículas-. Además, si colocas en tus placas "adornos, signos, publicidad" o caracteres distintos de los reglamentarios, te pueden multar con 80€; indica el Reglamento General de Circulación.
- 30 euros de multa si dejas estacionada tu moto o scooter atada al mobilario urbano, ya sea árboles, farolas o señales de tráfico.
- 200 euros de multa por aparcar en aceras de tal forma que dificulte "brevemente" el tráfico de peatones. Normalmente esta práctica está permitida en aceras de más de tres metros y medio de ancho. Además, ojo con eso de aparcar tu moto en una plaza pública dado que puedes ser sancionado con 30 euros de multa.
- 80 euros de multa si estás en la gasolinera...y repostas con el motor en marcha o con las luces encendidas. En el caso de motos con radio, como la Honda Goldwing, también conllevará una sanción económica si está en funcionamiento mientras repostamos.
- 800 euros de multa si tu moto no tiene seguro...aunque lo tengas estacionado en tu plaza de garaje. Según indica la Ley, "vehículo a motor que tenga su estacionamiento habitual en España" debe estar asegurado, aunque esté aparcado -en la calle o en un párking-. Y si te pillan sin seguro mientras estás circulando... La multa será de 1.500 euros. Además, enviarán tu moto al depósito durante un plazo mínimo de un mes. Una vez transcurrido ese tiempo, y para sacarlo de allí, tendrás que demostrar que ya tiene seguro... y abonar su estancia: la cuantía a pagar dependerá de cada municipio. Por ejemplo, en Madrid, te supondrá 576 euros. Recuerda que, aunque tu seguro haya caducado...por ley, tu póliza te cubrirá hasta un mes después de la fecha de finalización: por eso, no te podrán sancionar si, desde que caducó tu seguro, no ha transcurrido ese mes ´de gracia´.
- 80 euros de multa por entorpecer la circulación si... estás realizando "actuaciones, encuestas o ensayos" , indica el Reglamento de Circulación: por ejemplo, si tomas fotos desde el medio de la calle y obligas a pararse a la circulación.
Localidad | Sanción |
---|---|
Barcelona | 30€ |
Sevilla | 120€ |
Valencia | 150€ |
Madrid | De 750 a 3.000€ |
- De 30 a 3.000 euros de multa si lavas tu moto en la calle. Está prohibido en casi todas las poblaciones de España porque ensuciarás la vía pública. Las sanciones varían según las ordenanzas municipales de cada población -ver cuadro-. También está prohibido reparar tu moto en la calle: si lo haces, podrán sancionarte con multas que van desde los 150 euros... hasta los 3.000 euros que pueden cobrarte en Madrid capital.
- 200 euros de multa si dejas conducir tu moto a una persona sin carnet. Te pondrán la misma sanción que si prestas cualquier vehículo a una persona que no tenga permiso para conducirlo -por ejemplo, si le dejas tu ciclomotor a alguien sin la licencia de conducción correspondiente-.
- Si alguien comete una infracción con tu moto, te llega la sanción a tu casa y no identificas al conductor, te la cobrarán a ti... y, además, multiplicarán su cuantía: Si la infracción cometida fue leve -por ejemplo, circular por el carril de la izquierda si no estás adelantando-, te multarán con el doble de la sanción correspondiente. Si la infracción fue grave o muy grave -por ejemplo, sobrepasar el límite de velocidad establecido de la vía-, te multarán conel triple de la sanción.
LA MULTA TE LA COBRARÁN SIEMPRE A TI
Si, en un autobús, distraes al conductor, no haces caso de sus instrucciones o accedes al vehículo pese a que te han avisado de que está completo. En esos casos, el conductor -o encargado- podrá denunciarte ante la Policía. También te pueden sancionar si subes a ese autobús con cualquier animal -excepto si se trata de un perro ´lazarillo´ o salvo que ese vehículo disponga de un lugar adecuado para el transporte de animales; por ej., una jaula-.80€
500 euros de multa si organizas, sin permiso, una competición en la vía pública. Sea la prueba que sea -una carrera de atletismo, una marcha ciclista...-, siempre deberás solicitar un permiso al titular de la vía por la que transcurra -esto es, según el tipo de vía, al ayuntamiento, a la Comunidad Autónoma o al Ministerio de Fomento-. Si organizas una carrera de motos sin permiso, la multa será muy superior: de 3.000€ en adelante.- 80 euros de multa si te cambias de domicilio y no lo notificas a la DGT. Se trata de un trámite gratuito, pero para el que deberás acudir a tu Jefatura de Tráfico -o a través de una gestoría, que te cobrará 20 euros aproximadamente- y enseñar algún documento que demuestre el cambio de domicilio -el DNI, un certificado de empadronamiento...-, el permiso de circulación y la ficha técnica de tu vehículo. Si no te cambias de municipio, bastará con que presentes un recibo de agua, de teléfono, de luz.
Localidad Sanción Málaga 60€ Madrid 60€ Palma de Mallorca De 60 a 300€ Valencia De 90 a 200€ Cádiz 200€
De 30 a 300 euros de multa si circulas con tu bici por la acera. Está prohibido y sancionado por las ordenanzas municipales de la mayoría de los municipios de España -ver cuadro-. Eso sí, algunas poblaciones, como Zaragoza o Barcelona, todavía permiten a los ciclistas circular por la acera... aunque ya están tramitando su prohibición. En Palma, las bicicletas si pueden circular por la acera los días laborables desde las 20.00 a las 10.00 h y los días festivos, durante todo el día.¡Atento!Si un ciclista cruza un paso de peatones pedaleando su bicicleta, le multarán con 200 euros en cualquier lugar de España. ¿El motivo? Un ciclista 'a bordo de su vehículo' no está considerado, según la Ley, como peatón, luego no puede cruzar pasos de peatones y, si lo hace, no estará respetando la señalización vigente. Por supuesto, si lo cruza a pie... acompañado de su bici, será considerado peatón y no le multarán.- De 90 a 30.505 euros si aparcas tu moto en la playa. Estacionar tu vehículo en la arena o en los caminos de acceso a las playas está sancionado según las ordenanzas municipales de cada población. ¿El caso más llamativo? Roquetas de Mar -Almería-, donde te multarán con hasta... ¡30.050 euros!
200 euros si no has pasado la ITV en plazo. Recuerda que las motos deben hacerlo cuando cumplan cuatro años. Después de ese período, tendrás que acudir a la ITV cada dos años.500 euros de multa si, con tu carnet de coche, conduces una motocicleta o scooter de más de 125 cc. Además, recuerda que sólo podrás conducir estos vehículos si tienes el carnet desde hace más de tres años -si no, te multarán con 500 euros-.¿Qué motos podrás conducir con tu carnet de coche?
1.- Motocicletas y/o scooters de hasta 125 cc y hasta 15 CV.
2.- Scooters de más de 125 cc especialmente homologados para conducirse con el carnet B: tienen tres ruedas y son modelos como los Piaggio Mp3, Peugeot Metrópolis...
Te pueden sancionar como peatón, si...
- Caminas por una autovía o autopista -incluso si vas circulando por el arcén-. 80€
- Caminas por el arcén o por la calzada de una vía cuando existe acera -si no existe, sí podrás circular por el arcén-. 80€
- Si no circulas por la acera de la derecha... en relación al sentido de tu marcha. 80€
- Cruzas un semáforo en rojo. 200€
- Cruzas la calle por un lugar que no sea un paso de peatones. 80€
- Circulas en monopatín -o sobre patines- por la calzada, por la acera a una velocidad superior a la del paso de las personas -aprox., a 5 km/h; ojo, no se multa a las personas que corren por la acera-, o si lo haces siendo arrastrado por otro vehículo. 80€
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